SERVICIO DOMÉSTICO
EL NUEVO RÉGIMEN DE SERVICIO DOMESTICO, PREVÉ QUE EN CASO DE DESPIDO DIRECTO O INDIRECTO, LA EMPLEADA/O, TENDRÁ DERECHO A UN SUELDO POR AÑO TRABAJADO EN ESO LA NORMATIVA SE ADECUA A LA L.C.T.-
EN CUANTO AL PREAVISO, SEGÚN LA ANTIGÜEDAD SERÁ DE 10 DÍAS A UN AÑO.-
PERCIBIRÁ TAMBIÉN LIQUIDACIÓN FINAL.-
TENDRÁ LICENCIA POR ENFERMEDAD, MATRIMONIO, ETC.-
ASIMISMO EL EMPLEADOR DEBERÁ CONTRATAR UN SEGURO, CON EL OBJETO DE CUBRIR LAS CONTINGENCIAS LABORALES.-
PARA MÁS DETALLES COMUNÍQUESE CON NOSOTROS.-
MARIA DE LOS ANGELES AGRASAR
ABOGADA
CARHUE 28 PISO 4 DTO A LINIERS
15-5662-9575
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